CEP

Canal de denuncias


Se trata de un canal al servicio de todas las personas trabajadoras en la Confederación Empresarial de Pontevedra (CEP), clientes, proveedores y cualquiera que desee presentar denuncias sobre actividades ilícitas o infracciones dentro de la CEP de las que hayan podido ser testigo directo o indirecto. El canal respeta la normativa de protección de datos.

El marco normativo sobre el que se basa el canal de denuncias es por una parte, la Ley Orgánica 5/2010 y 1/2015 de modificación del Código Penal, donde se recoge el plan de prevención de riesgos penales, y por otro lado, la Directiva UE 2019/1937.

El Canal de Denuncias no es:

  • Para aportar sugerencias, propuestas u otro tipo de consideraciones.
  • Para generar situaciones de conflicto infundadas o falsas, dado que se solicitarán pruebas de las conductas o hechos que se denuncien.

Formulario de denuncias

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Reglamento general protección de datos.

Le informamos que los datos personales que nos facilita en este formulario serán objeto de tratamiento conforme al Reglamento General de Protección de Datos [REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016-RGPD], la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y normativa relacionada en vigor. Así mismo le ofrecemos información básica sobre los datos de carácter personal que estamos recogiendo. Esta información se realiza en dos capas sobre la base de la citada regulación europea (RGPD) y según las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos. Puede seguir los enlaces que se indican para obtener información más detallada.

FINALIDAD: Gestión de la entrada de solicitudes, escritos y comunicaciones así como la gestión de la organización y almacenamiento de datos de carácter personal de personas que presentan solicitudes, escritos y comunicaciones.

ENTIDAD RESPONSABLE: CONFEDERACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE PONTEVEDRA (CEP)

LEGITIMACIÓN: Consentimiento de los propios interesados.

Cumplimiento de una obligación de interés general como es el acceso a los registros públicos al objeto de realizar cuantos trámites sean necesarios, de conformidad con la siguiente normativa:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
  • Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

DERECHOS: Sobre los datos personales que nos ha facilitado puede ejercer los derechos de acceso, rectificar, suprimir sus datos personales, solicitar la limitación de su tratamiento, oponerse al mismo, a la portabilidad de sus datos y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, según se informa en http://www.cep.es/

MEDIDAS DE SEGURIDAD: Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de seguridad de la información de la CEP.